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Exenciones de Impuestos Aduaneros Para Mercancías Traídas a Türkiye a Través de Subvenciones

Foto del escritor: Mustafa AykanatMustafa Aykanat


En esta publicación, buscamos respuestas a las preguntas de qué mercancías se pueden traer a Türkiye a través de una subvención exenta de derechos de aduana, quién puede traerlas, el alcance de la exención, cómo y dónde solicitarla.

Pregunta: Dónde se regulan los procedimientos y principios que deben aplicarse a las donaciones?

Respuesta: De conformidad con el primer párrafo del artículo 167 de la Ley Aduanera N° 4458, que regula las exenciones y exenciones de derechos de aduana, de conformidad con el inciso 7º del primer párrafo; Hay bienes importados por instituciones y organizaciones públicas, asociaciones que trabajan en beneficio público y fundaciones a las que el Consejo de Ministros concede exenciones fiscales con fines no comerciales y para ser utilizados con fines de establecimiento.

Además, los detalles de esta exención se regulan en el artículo 68 de la Decisión Nº 200-9/15481 del Consejo de Ministros y en los artículos 22 a 24 del Comunicado Nº 2 sobre Exenciones Aduaneras

Pregunta: Quién es elegible para esta exención?

Respuesta: Las instituciones y organizaciones públicas, las organizaciones benéficas o las instituciones de ayuda humanitaria pueden beneficiarse de esta exención.

Pregunta: Qué mercancías pueden importarse al amparo de esta exención?

Respuesta: Se concede la exención de derechos de aduana a las mercancías con las siguientes calificaciones, que son despachadas a libre práctica por instituciones y organizaciones públicas, organizaciones benéficas o instituciones de ayuda humanitaria con el fin de no ser utilizadas con fines comerciales y para sus fines.

a) Con excepción de los asientos, bicicletas y demás bienes motorizados o no motorizados que se envíen gratuitamente a fundaciones y asociaciones de utilidad pública e instituciones oficiales con el fin de prestar asistencia a los minusválidos y minusválidos y que sean puestos en libre circulación por las asociaciones, fundaciones e instituciones oficiales especificadas para su distribución gratuita; ihtArtículos de primera necesidad, como alimentos, medicinas, ropa, ropa de cama y similares, que se importan para ser distribuidos gratuitamente a las personas necesitadas, que son necesarios para satisfacer las necesidades más básicas de las personas.

b) Los materiales y material de oficina enviados gratuitamente por personas o instituciones residentes en un país extranjero sin ningún fin comercial, únicamente para satisfacer sus necesidades de trabajo o para ser utilizados en el cumplimiento de sus fines benéficos y humanitarios.

c) Los bienes enviados a instituciones oficiales, organizaciones benéficas o instituciones de ayuda humanitaria por personas o instituciones residentes en un país extranjero a título gratuito sin ningún fin comercial y destinados a recaudar ingresos para ser utilizados en obras de beneficencia que se organicen en beneficio de personas necesitadas.

d) Ambulancias, carros fúnebres, extintores y vehículos de rescate que traigan las instituciones y organismos públicos y las instituciones de ayuda humanitaria y beneficencia que determine el Consejo de Ministros.

Pregunta: ¿Qué cubren las necesidades básicas?

El término necesidades básicas significa alimentos, medicinas, ropa, materiales de cama y artículos similares necesarios para satisfacer las necesidades más básicas de las personas.

Pregunta: Qué mercancías no están exentas de importación?

Respuesta: No hay exención para los siguientes artículos:

a) Alcohol y bebidas alcohólicas,

b) Tabaco y productos del tabaco,

c) Café, té,

d) Otros vehículos de motor, excepto ambulancias, coches fúnebres y otros vehículos de rescate (vehículos que sólo pueden utilizarse en caso de crisis, excepto equipos de construcción, camiones de bomberos y ambulancias),

Pregunta: ¿Cuáles son los documentos que se solicitan para las importaciones realizadas por donación?

Respuesta: 1-Los documentos requeridos para los vehículos de rescate y funerarios se enumeran a continuación:

a) Certificado de propiedad en el que conste que los vehículos de salvamento y funerario pertenecen al beneficiario y que contenga datos como el año del modelo, el número de chasis y motor del vehículo, y el nombre y apellidos del propietario del vehículo. Si el nombre del donante no está registrado en el certificado de propiedad, la factura original o el contrato de venta,

b) Una carta o documento que demuestre que el artículo ha sido donado,

c) Una carta de conformidad que deberá obtenerse de la Dirección Provincial de Salud de An kara en la que conste que la ambulancia tiene las características especificadas en el Reglamento de Ambulancias y Vehículos Sanitarios de Emergencia y Servicios de Ambulancia publicado en el Boletín Oficial con fecha 7/12/2006 y número 26369,

ç) Carta de conformidad en la que conste que los vehículos de transporte funerario que realizarán transportes de larga distancia con vehículos de preparación funeraria tienen las características especificadas en el Reglamento sobre Construcción de Plazas Cementeriosas y Procedimientos de Traslado y Entierro Funerario publicado en el Boletín Oficial de fecha 19/1/2010 y número 27467.

2-A continuación se detallan los documentos necesarios para los bienes distintos de los vehículos de salvamento y funerarios:

a) La factura original o el contrato de compraventa y su traducción al turco,

b) Una carta o documento que demuestre que el artículo ha sido donado.

En caso de que no se pueda presentar una factura a la administración de aduanas por los materiales y mercancías usados que se reciban en el ámbito de los materiales de oficina enviados por personas o instituciones que residan en un país extranjero sin ningún propósito comercial, con el fin de satisfacer las necesidades de trabajo de instituciones y organizaciones públicas, organizaciones benéficas o instituciones de ayuda humanitaria o para ser utilizados en el cumplimiento de sus fines benéficos y humanitarios. teniendo en cuenta los demás documentos especificados en el presente artículo.

Pregunta: Dónde solicitar la exención?

Respuesta: Para ambulancias, carros fúnebres y otros vehículos de rescate, puede solicitarlo a la Dirección de Aduanas de la Estación de Ankara.

En el caso de las mercancías que no sean ambulancias, vehículos funerarios y otros vehículos de rescate, se puede presentar una solicitud en cualquier Dirección de Aduanas en la que se entreguen las mercancías.

Pregunta: ¿Cuáles son los trámites que se deben realizar en las aduanas?

Respuesta: En la libre circulación de vehículos de rescate y funerales, se coloca la siguiente anotación en el certificado de tráfico que debe emitir la Dirección de Aduanas de la Estación de Ankara y se completan los procedimientos aduaneros.

ANOTACIÓN QUE DEBE COLOCARSE EN EL CERTIFICADO DE CIRCULACIÓN DEL VEHÍCULO ESPECIALMENTE EQUIPADO / VEHÍCULO DE RESCATE Y FUNERAL

"Es obligatorio que este vehículo/vehículo de rescate y funeral especialmente equipado sea utilizado por la institución, organización, fundación, asociación que realiza la libre circulación y no puede dejarse al uso y beneficio de nadie más. Vehículo especialmente equipado/vehículo de rescate y funeral ...... Queda prohibido prestar mutua o gratuitamente, mostrar como garantía, alquilar, transferir, vender o utilizar para fines distintos de la exención a personas, instituciones y organizaciones que no se beneficien de la exención sin el permiso de la Dirección de Aduanas."

La solicitud de mercancías distintas de los vehículos de salvamento y funerarios será decidida por unanimidad por la comisión compuesta por dos inspectores bajo la presidencia del director de aduanas o del subdirector de aduanas autorizado por la autoridad aduanera a la que se entregue. Si las decisiones de la Comisión son positivas, se examinan las mercancías y se completa su conformidad con los documentos.

Las ambulancias que hayan realizado previamente los trámites de libre circulación podrán ser transformadas en vehículos funerarios por la administración usuaria. En este caso, si se considera necesario de acuerdo con el propósito de uso del vehículo funerario, se solicita una carta de conformidad en la que conste que los vehículos de transporte funerario que realizarán el transporte de larga distancia con vehículos de preparación funeraria tienen las características especificadas en el Reglamento sobre Construcción de Plazas Funerarias y Procedimientos de Traslado y Entierro Funerario publicado en el Boletín Oficial de fecha 19/1/2010 y número 27467 . Las transacciones se completan sin necesidad de solicitar ningún otro documento que no sea dicha carta de conformidad.

En caso de vacilación en los documentos presentados a la dirección aduanera pertinente durante los procedimientos de entrada en libre circulación; Salvo en los casos en que se requiera una investigación administrativa, las direcciones de aduanas competentes presentan una denuncia penal ante el Fiscal Jefe de la República autorizado más cercano para enjuiciar a las personas pertinentes.

Pregunta: ¿Cuáles son las reglas y restricciones sobre la venta o transferencia?

Respuesta: Todo tipo de mercancías que se despachan a libre práctica como exentas no pueden prestarse, figurar como garantía, alquilarse, transferirse, venderse o utilizarse para fines distintos de la exención a personas, instituciones y organizaciones que no puedan beneficiarse de la exención sin permiso de la administración de aduanas.

Los derechos de aduana de las mercancías prestadas, constituidas en garantía, arrendadas, transferidas, vendidas o utilizadas para fines distintos de la exención a las personas, instituciones y organizaciones que no puedan beneficiarse de la exención sin autorización se percibirán de conformidad con los principios establecidos en los artículos 181 a 194 de la Ley de Aduanas y, en caso necesario, se adoptarán medidas de conformidad con las disposiciones de la Ley de Contrabando Nº 56-07. el Código Penal turco Nº 5237 y otras leyes, si las hubiere.

No se solicitan derechos de aduana por el préstamo, alquiler, transferencia o venta de las mercancías de que se trate a otra persona, institución u organización con derecho a exención, siempre que se utilicen de conformidad con la finalidad de la exención y se obtenga permiso de la administración aduanera.

Es obligatorio que las personas, instituciones y organizaciones que hayan perdido las condiciones de exención de las mercancías despachadas a libre práctica dentro del ámbito de aplicación de la exención o que soliciten utilizarlas para otros fines lo notifiquen a la administración aduanera.

Las ambulancias, carros fúnebres y otros vehículos de rescate no pueden ser vendidos, donados o transferidos a instituciones y organizaciones que no se beneficien de la exención a menos que hayan transcurrido cinco años desde la fecha de registro de la declaración sin recaudar derechos de aduana. Después de diez años, no se exigen derechos de aduana sobre la venta o transferencia de los vehículos en cuestión.

 
 
 

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